AEAT investiga sociedades profesionales de abogados y economistas

La Agencia Tributaria va a empezar a investigar las sociedades profesionales que han creado abogados,
auditores, consultores, economistas,..., y que según la inspección se utiliza para pagar menos impuesto a la
Agencia Tributaria.
Según la Agencia Tributaria estas sociedades creadas bajo el amparo de sociedad profesional estarían siendo
utilizadas para recibir retribuciones a través de estas sociedades interpuestas. Serían sociedades que prestan
servicios a un única compañía y creadas con el objetivo de no pagar al profesional como un trabajador de la
empresa, con un tipo máximo del 43 % en el IRPF, sino tributar en el Impuesto de Sociedades con un tipo del
25 %.
La Agencia Tributaria tiene claro a que sociedades profesionales va a investigar, aquellas cuyos ingresos
procedan de un única empresa, empresa que a su vez presta servicios profesionales, donde la prestación de
servicios se realiza a través de esta sociedad interpuesta.
La sociedad interpuesta, a través de la que recibe su retribución el profesional, suele carecer de una estructura
personal y material para poder desarrollar la actividad propia de la sociedad.
La Agencia Tributaria controlará los gastos que estas sociedades interpuestas han contabilizado y deducido, ya
que pueden corresponder a gastos particulares.
La Agencia Tributaria considera que la retribución obtenida, en estos casos, por los servicios prestados debe
tributar por el IRPF y no por el Impuesto de Sociedades.
La Agencia Tributaria va a empezar a investigar las sociedades profesionales que han creado abogados, auditores, consultores y economistas. Estas sociedades se utilizan para pagar menos impuestos según la Agencia Tributaria. Estas sociedades creadas bajo el amparo de sociedad profesional estarían siendo utilizadas para recibir retribuciones a través de estas sociedades interpuestas.
 
Serían sociedades que prestanservicios a un única compañía y creadas con el objetivo de no pagar al profesional como un trabajador de la empresa, con un tipo máximo del 43 % en el IRPF, sino tributar en el Impuesto de Sociedades con un tipo del 25 %. La Agencia Tributaria tiene claro a que sociedades profesionales va a investigar, aquellas cuyos ingresosprocedan de un única empresa, empresa que a su vez presta servicios profesionales, donde la prestación deservicios se realiza a través de esta sociedad interpuesta.
 
La sociedad interpuesta, a través de la que recibe su retribución el profesional, suele carecer de una estructura personal y material para poder desarrollar la actividad propia de la sociedad.La Agencia Tributaria controlará los gastos que estas sociedades interpuestas han contabilizado y deducido, yaque pueden corresponder a gastos particulares. La Agencia Tributaria considera que la retribución obtenida, en estos casos, por los servicios prestados debetributar por el IRPF y no por el Impuesto de Sociedades.
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